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Factura telemática - facturae
Líderes en el sistema
facturae
Smartic fue una
de las primeras compañías a nivel nacional en la implantación
del
sistema de facturación telemática (ver nota de
prensa), recomendado por los estándares de la
Agencia Tributaria y la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre,
incorporando la firma electrónica al sistema de facturación telématica,
certificando de esta forma todas las facturas remitidas por email.
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¿En
qué consiste la facturación electrónica?
Con este sistema incorporamos una
Firma Electrónica Avanzada a las
facturas, es decir, una serie de mecanismos técnicos de certificación,
que garantizan los principios básicos exigibles legalmente a la
facturación, tales como la autenticidad
del origen de las facturas
electrónicas y la integridad
del contenido.
Las
facturas enviadas electrónicamente de esta forma, gozan de validez
legal, teniendo los mismos efectos que una factura tradicional en
soporte papel.
La Firma
Electrónica Avanzada, se
obtiene a través del certificado clase 2 CA de la Fábrica Nacional de
Moneda y Timbre, único certificado aceptado en estos momentos por la
Agencia Tributaria Española.
Para más
información
sobre la facturación telemática puede consultarse la
web de la Agencia
Tributaria , y la web de la Fábrica
Nacional de Moneda y Timbre.
Además, también recomendamos la visita de la web facturae.
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Ayuda: la factura que
reciben nuestros clientes
¿Qué
información enviamos por email ?
El email enviado a nuestros clientes
incluye dos ficheros:
1) archivo con extensión .xml
Este archivo (ejemplo.xml) es la
factura en formato facturae, que
incorpora la firma digital y cumple los principios marcados por la Ley.
Sobre este
fichero recaen las mismas obligaciones que sobre una factura
de papel, estando el receptor obligado a su conservación durante el
mismo periodo de tiempo que en las facturas convencionales, por ejemplo.
Esta factura
puede ser importada directamente a los programas de
gestión de facturación y contabilidad compatibles. Si no posee un
programa compatible con el formato facturae, a continuación indicamos
cómo puede visualizar y comprobar la validez de la factura.
2) archivo con extensión .html o .pdf
El otro fichero enviado por email
tiene la extensión .html o .pdf;
se trata de una copia de la factura que puede visualizarse con
cualquier navegador del mercado (Mozilla, Safari, Ópera, Internet
Explorer...)
¿Qué debe
hacer con el fichero .xml?
"confirmar la
validez de la firma, del formato y contable"
En primer lugar,
como con una factura de papel, debe confirmar la validez de la misma.
La validación
del formato, la validación contable y la validación de la firma la
puede realizar de dos formas:
a) a través del siguiente
servicio de
validación de facturas electrónicas >> o
b) descargando e instalando en
menos de un minuto una pequeña
aplicación (3,7Mb) >>
"Visualizar el
contenido de la factura"
Visualizar el
contenido de la efactura es muy sencillo; tan solo tiene
que descargar esta pequeña
aplicación y
ejecutarla. Le pide el fichero
.xml (la factura) que desea visualizar, y se la mostrará en su
navegador de internet habitual. Descargar
visualizador (99kb) >>
Normativa
vigente en esta materia:
- Orden
PRE/2971/2007, de 5 de octubre, sobre la
expedición de facturas por medios electrónicos cuando el destinatario
de las mismas sea la Administración General del Estado u organismos
públicos vinculados o dependientes de aquélla y sobre la presentación
ante la Administración General del Estado o sus organismos públicos
vinculados o dependientes de facturas expedidas entre
particulares. ( BOE, 15-octubre-2007 )
- Resolución
de 24 de octubre de 2007, de
la Agencia Estatal de
Administración Tributaria, sobre procedimiento para la homologación de
software de digitalización contemplado en la Orden EHA/962/2007, de 10
de abril de 2007 ( BOE, 1-noviembre-2007).
- Orden
EHA/962/2007, de 10 de abril, por la que se
desarrollan determinadas disposiciones sobre facturación telemática y
conservación electrónica de facturas, contenidas en el Real Decreto
1496/2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento por
el que se regulan las obligaciones de facturación (
BOE, 14-abril-2007).
- Ley
56/2007, de 28 de diciembre, de
Medidas de Impulso
de la Sociedad de la
Información. (BOE, 29-diciembre-2007)
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Actualizado Septiembre 2009 - versión 2.0
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Aviso
legal -  -  -
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